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El Plan Anual de Caza de la Reserva Regional de Caza Saja incrementa las cacerías de becada y liebre

01/05/2021
en Cantabria
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El Boletín Oficial de Cantabria (BOC) publica la orden por la que se regula la práctica de la caza durante la temporada cinegética 2021/2022 en la Reserva Regional de Caza Saja con un incremento notable de las cacerías de becada y liebre, y la posibilidad de recuperar los recechos que no pudieron realizarse la temporada pasada como consecuencia de las restricciones a la movilidad persona como consecuencia del COVID-19.

Una temporada en la que podrá realizarse el aprovechamiento cinegético de la laguneja, la becada, la paloma torcaz, la liebre, el zorro, el jabalí, el rebeco y el venado. La caza del lobo está supeditada a su Plan de Gestión no existiendo cacerías específicas y ajustándose el control de ejemplares lo que establezca la correspondiente resolución que ha de dictarse antes del próximo 31 de julio según establece el citado Plan.

El Plan Anual de Caza de la Reserva indica que estará prohibido el empleo de dispositivos eléctricos o electrónicos que faciliten la caza mediante la utilización de cámaras térmicas, drones u otros dispositivos similares, con excepción de los localizadores GPS beepers para los perros y las emisoras.

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También se prohíbe el uso de fototrampeo, la instalación de cámaras y equipos automáticos de fotografía y grabación, así como cualquier actuación dirigida a la atracción de especies de fauna silvestre, sean cinegéticas o no, especialmente el uso de cebos, reclamos sonoros, atrayentes olfativos y el uso de focos o amplificadores de luz o visores de infrarrojos para la observación nocturna de los animales.

De igual modo, no se podrán exhibir los ejemplares abatidos o de sus restos de manera pública, ni en el interior de núcleos de población ni en el exterior de establecimientos públicos.

En el caso de la caza del rebeco, sólo está autorizada la modalidad cinegética del rececho entre el 1 de mayo y el 30 de noviembre de 2021 para los machos, y entre el 1 de agosto y el 30 de noviembre de 2021 para las hembras.

La duración de cada permiso de caza será de dos días consecutivos y, en caso de que el rececho tuviera que ser suspendido, podrá prorrogarse un día más. Una medida que también se aplica a la caza del venado, tanto en la modalidad de rececho como en la de batida durante su periodo de caza, que comenzará el 1 de septiembre de 2021 y finalizará el 28 de febrero de 2022 en la modalidad de rececho, y del 1 de febrero al 31 de marzo de 2022 en la modalidad de batida.

Caza de jabalí

Por su parte, la temporada de la caza del jabalí, sólo en la modalidad de batida, comenzará el 1 de septiembre de 2021 y finalizará el 31 de marzo, y para que una batida pueda celebrarse será necesaria la presencia de, al menos, 15 cazadores.

Una batida no podrá celebrarse en el caso de que existan condiciones meteorológicas adversas que impidan su desarrollo con las necesarias medidas de seguridad o el lote previsto para su celebración esté cubierto de nieve de forma continua con una capa superior a 10 centímetros.

El número máximo de piezas a batir en cada cacería será de 3 en las comarcas cinegéticas de Campoo, Iguña y Cabuérniga; de 4 en la comarca del Nansa, y de 10 en Liébana.

La caza de la liebre se podrá realizar con perros de rastro y en la modalidad de perreo desde el 1 de septiembre hasta el 31 de diciembre de 2021, teniendo que estar presentes, como mínimo, 2 cazadores en cada batida, con un cupo máximo por batida de una liebre por cacería.

En el caso de la becada, la caza estará permitida en las modalidades de al salto y perreo y el calendario de cacería será del 1 de noviembre de 2021 al 15 de marzo de 2022, si bien a partir del 6 de febrero solo se permite el perreo sin muerte.

El número de permisos disponibles por lote y día de caza será de 25 en San Cifrián, Caviña y El Táladro; 20 en Montequemao, Rodil-La Bacera, Coo-San Cipriano, Monte Aá, Rozalén, Viaña, Negreo-Troncos, Frente y Navas, Tejéu y Soligote, y 15 en el resto de lotes en los que se permite la caza de esta especie.

Una cacería de sorda no podrá celebrarse en el caso de que existan condiciones meteorológicas adversas que impidan su desarrollo con las necesarias medidas de seguridad o el lote previsto para su celebración esté cubierto de nieve en un porcentaje superior al 50% de su superficie.

Además, durante la caza de esta especie se permite la de la laguneja y la paloma torcaz, siendo el cupo total permitido de 3 piezas por cazador, independientemente de la especie de que se trate.

En lo que se refiere al adiestramiento de perros de rastro, únicamente se autoriza la práctica de esta modalidad para el adiestramiento de perros de jabalí, no permitiéndose la utilización de ningún ejemplar de esta especie para marcar rastros o educar a los perros.

En este caso, el periodo de caza comprende del 1 de junio al 8 de agosto de 2021 y cada cazador podrá emplear un máximo de dos perros de rastro, que deberán portar inexcusablemente collar localizador GPS que permita que sean recogidos y atraillados al finalizar el periodo hábil.

Sorteo de permisos

La fecha de celebración del sorteo, la elección y la adjudicación de permisos se anunciará de manera oportuna en la página web oficial del Gobierno de Cantabria (www.cantabria.es), donde también se publicará el resultado del mismo, así como las condiciones de elección y adjudicación de los permisos.

La Dirección General de Biodiversidad, Medio Ambiente y Cambio Climático podrá autorizar el desarrollo de actuaciones excepcionales de control poblacional de especies cinegéticas y de prevención de daños dentro de la Reserva Regional Caza Saja en toda época y lugar, sin que estas actuaciones tengan la consideración de actividad cinegética ordinaria.

Debido a las restricciones a la movilidad personal para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la pandemia del coronavirus que dificultó el normal desarrollo y ejecución de los permisos de rececho durante la temporada 2020-21, se prorroga de manera extraordinaria la validez de todos aquellos permisos que no pudieron ser ejecutados.

La ampliación de dicho plazo será hasta el 31 de marzo de 2022, no siendo necesario solicitar de manera previa el acogimiento a dicha prorroga por parte de los adjudicatarios de los permisos.

Además, se recuperarán por parte de sus adjudicatarios todas aquellas batidas de venado que por similares circunstancias no hayan podido realizarse durante la temporada cinegética 2020-2021.

AdminSAR

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